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Por el contrato de seguro una persona traslada a la Compañía de Seguros las consecuencias económicas en caso de un siniestro. También lo pueden probar otros elementos. 


La persona (física o moral) debe pagar una “prima”. Hay casos en que la persona queda asegurada antes de pagar la prima. La prima puede pagarse en una sola exhibición o en parcialidades.






La póliza del seguro y las condiciones generales que se entregan al asegurado constituyen el contrato de seguro, pero en la práctica, salvo excepciones, la póliza sola prueba la celebración del contrato.








De ocurrir el siniestro la Aseguradora está obligada a pagar las coberturas contratadas. 


En muchas ocasiones la Aseguradora se niega a pagar, pero su negativa las más de las veces no es correcta y por ello no está  sustentada en la ley. De no sustentarla correctamente y rechazar el pago, los juzgados la obligarán a pagar junto con sus accesorios. Dependerá de un buen abogado.


Son tres los principales motivos por los que una aseguradora se niega a pagar. Cada uno está previsto en la Ley Sobre el Contrato de Seguro:


01. No se pagó la prima en su totalidad o no se pagó la parcialidad a que se obligó el asegurado;


02. El asegurado mintió o declaró inexactamente en el cuestionario que debió responder cuando solicitó el contrato de seguro; y,

03. El asegurado o el beneficiario del seguro disimuló o declaró inexactamente sobre cómo ocurrió el siniestro, con el fin de hacer incurrir en el error a la Aseguradora para que ésta pague por un siniestro que no ocurrió o que no ocurrió como se declaró. 


Los puntos 01 y 03 no necesitan mayor explicación. El punto 02 se torna interesante; veamos: 







La mayoría de los agentes de ventas de seguros no están familiarizados con el tema, por lo que al ocurrir un siniestro pueden surgir problemas y conflictos entre asegurados y aseguradoras. 






Los agentes no explican al asegurado los alcances del llenado de la solicitud del seguro; los motivos: desconocen esos alcances o a toda costa quieren vender el seguro (es obvio, porque su comisión es buena). 




Con nuestra experiencia en litigios de este tipo, afirmamos que el llenado del cuestionario es parte fundamental del contrato, ya que la aseguradora confía en lo declarado por el asegurado. 


La aseguradora no está obligada a confirmar si las declaraciones del asegurado en la solicitud del seguro y en el cuestionario son verdaderas o falsas

En caso de haberle sucedido un siniestro y la aseguradora se niegue a pagar (por el motivo que sea, cualquiera que sea), pídanos una cita para ayudarlo. 


 Muy importante:  le aconsejamos no contratar un seguro si no conoce los alcances de la póliza que se le ofrece. Con gusto le asesoraremos. 


Somos abogados expertos en el tema de seguros, tanto de vida, de daños, de personas, etc.



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